La
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos –Ley
Suprema de México– concede al ciudadano apartidista la oportunidad
de competir por puestos de elección popular por medio de la
candidatura independiente.
Nuestra
Carta Magna menciona en el artículo 41 que «los partidos políticos
tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida
democrática», así como posibilitar que los ciudadanos tengan la
opción de ejercer el poder público accediendo a él mediante el
sufragio universal en puridad y de manera directa; sin embargo, esto
no impide que el ciudadano apartidista ejerza el derecho a ser
votado, pues el artículo 35 estipula como prerrogativa del
ciudadano: Poder ser votado para todos los cargos de elección
popular.
Únicamente
el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
(COFIPE), ley que debiera fomentar la democracia, es la que en
realidad favorece a los grupos fácticos ya que fue adulterada desde
su origen, específicamente por la incoherencia del artículo 218,
inconstitucional y mal hecho; controversial, porque expresa que
solamente los partidos políticos nacionales pueden registrar
candidatos a puestos de elección popular.
La
anterior tesis la enunció el politólogo doctor José
Antonio Crespo en
uno de sus artículos periodísticos.
Así,
utilizando este señalamiento antidemocrático, la élite gobernante
y los grupos fácticos de poder se arrogan el derecho ciudadano de
ser votado, creando así una nueva clase de gobierno abyecta y
execrable: la partidocracia, anticonstitucional y antidemocrática,
alentadora de la impunidad, la corrupción, la ineptitud, la hambre y
la violencia, con las cuales la ciudadanía es flagelada sin
descanso.
La
partidocracia viola el derecho ciudadano de acceso al poder
impidiendo la consolidación de un verdadero Estado democrático que
sirva al bien común; ignora que todo poder público dimana del
pueblo y se instituye para beneficio de este.
Por
tanto, es legítima la aspiración ciudadana que demanda pacífica y
democráticamente modificar la actual forma de gobierno partidócrata,
la cual está rebasada por el anarquismo que de manera inexplicable
no afecta las facciones partidócratas sino las protege, pues existen
casos –todavía impunes– de partidócratas que se vieron
implicados en actos de concusión y peculado o de vínculos con el
crimen organizado, quienes recibieron multas hilarantes o la
protección necesaria para evadir a las instituciones de procuración
de justicia.
De
conformidad con lo anterior, considero oportuno por parte del
diputado federal independiente con licencia Manuel de Jesús
Clouthier Carrillo, postularse como candidato a la presidencia de la
república. El IFE debe aceptar su registro.
Quienes
aducen que el IFE está impedido jurídicamente para registrar a
Clouthier como candidato, olvidan que el COFIPE –por
inconstitucional– ha sido pisoteado por los partidócratas durante
el presente proceso electoral, ya que precandidatos únicos
realizaron actos anticipados de campaña; además, si el IFE desviara
su vocación ciudadana y negara el registro a la candidatura
independiente de Manuel de Jesús Clouthier Carrillo para competir
por la presidencia de la república, estaría contraviniendo los
derechos constitucionales ciudadanos, quedando el propio IFE al
margen de nuestra Carta Magna, invalidándose –ahora sí de verdad–
jurídicamente para llevar a cabo las elecciones del próximo 1 de
julio.
Los
ciudadanos independientes, aquellos que no hemos sido cooptados por
la partidocracia, tenemos la obligación moral de exigir a los
órganos electorales que se rijan conforme a la Constitución
Política de México y permitan al pueblo el derecho soberano de
elegir una forma de gobierno que garantice comunidades sanas, dignas
de una mejor calidad de vida; lo cual sólo se logra en un Estado
institucional y democrático.